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domingo, 16 de marzo de 2014

Los derechos de los niños (Parte II)

  Continuando con el post anterior  (Leer entrada)

    El niño puede decidir:
  • De qué forma prefiere tomar el medicamento: como comprimido, supositorio o suspensión.
  • En qué dedo o brazo se realizará la punción y si desea que se le aplique un anestésico tópico antes de penetrar la aguja.
  • Si desea donar tejidos y células.
  • Si desea informar a alguien sobre su salud, en el caso de los niños mayores. Con excepción de aquella información que pueda ser necesaria para una investigación criminal o dentro de los Servicios Sociales Públicos.
  • Los niños mayores tienen derecho a ocultar datos en su expediente clínico a otras unidades médicas o proveedores sanitarios, por ejemplo, en el caso de una visita a un consultorio para jóvenes.
      El niño no puede participar:
  • El niño no puede participar en la toma de decisiones serias, que requieren de conocimientos médicos, por ejemplo, si una operación, tratamiento o examen se deben realizar o no. Sin embargo, los niños pueden frecuentemente participar e influir en parte de dichos procedimientos médicos.
  • Los niños y los jóvenes no pueden rechazar la asistencia sanitaria si son atendidos según la Ley de Enfermedades Transmisibles, la Ley con Disposiciones Especiales para la Asistencia Sanitaria de los Jóvenes (LVU) o la Ley sobre el Tratamiento Psiquiátrico Obligatorio (LPT).
  • Los niños no pueden determinar, por sí mismos, si tienen la madurez suficiente para tomar una decisión. El personal responsable de la atención médica determina cuándo puede participar el niño en la toma de decisiones concernientes a la asistencia sanitaria.